Unidad de Medida y Actualización (UMA)

UMA

La Unidad de Medida y Actualización (UMA) es la referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores.

UMA en el reporte Anti-lavado.

DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO POR EL QUE SE DECLARAN REFORMADAS Y ADICIONADAS DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE DESINDEXACIÓN DEL SALARIO MÍNIMO (DOF 27 DE ENERO DE 2016), SE INFORMA LO SIGUIENTE:

El segundo Transitorio del Decreto referido señala que el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización será equivalente al que tenga el salario mínimo vigente diario para todo el país, ambos al momento de la entrada en vigor y hasta que se actualice dicho valor conforme el procedimiento previsto en el mismo.

Por otro lado, el tercer Transitorio del Decreto referido establece que todas las menciones al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, entre otros, se entenderán referidas a la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Derivado de lo anterior, para el cálculo de los umbrales de Identificación y Aviso, restricción del uso de efectivo y aplicación de multas, establecidos respectivamente en los artículos 17,32 y 54 de la LFPIORPI, las menciones al salario mínimo vigente al Distrito Federal se entenderán referidas a la UMA con valor equivalente a $73.04 (hasta en tanto no se emita la legislación reglamentaria que determine su valor).

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Modulo SPPLD > Índices Económicos > Salario Mínimo de Referencia.

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